jueves, 21 de abril de 2011

Informe de la relatora de la ONU sobre crisis habitacional en la Argentina

Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y sobre el derecho a la no discriminación en este contexto
Visita Oficial a la Republica Argentina, 13-21 de Abril del 2011
Observaciones y conclusiones preliminares
La Relatora Especial sobre una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho a un nivel de vida adecuado, y sobre el derecho a la no discriminación en este contexto, Raquel Rolnik, ha visitado oficialmente la Republica Argentina entre el 13 y el 21 de abril de 2011 a invitación del gobierno argentino.
Derecho a una vivienda adecuada en Argentina: Contexto General.
Durante su visita la Relatora ha podido constatar que el país pasa hoy por una importante crisis habitacional. Hace décadas que la falta de acceso a la vivienda adecuada ha llevado a millones de argentinos a instalarse de forma precaria en villas y otras formas de vivienda no adecuada. Este fenómeno ha sido agravado por una muy baja inversión en vivienda por parte del Estado desde la mitad de los años ochenta y durante la década de los noventa, así como a partir de finales de los años 70 por una oferta pobre de suelo urbanizado accesible a los sectores de bajos ingresos y una baja inversión en urbanización y consolidación de asentamientos informales.
A nivel nacional, según el último censo disponible (2001), 2.640.871 hogares (aproximadamente un 20 por ciento del total de hogares) padecían distintas situaciones deficitarias. A pesar del carácter estructural de la crisis, la Relatora nota un agravamiento reciente de esta situación, relacionado con el crecimiento económico que ha conocido Argentina en los últimos años y sus efectos directos sobre el aumento de los precios de la tierra, suelo urbano, inmuebles y alquileres en proporción significativamente superior a los aumentos de ingresos de la mayoría de la población y a la ausencia de crédito y opciones de vivienda incluso para las clases medias.
Marco Normativo y Politicas Publicas en materia de vivienda adecuada.
Gracias a la reforma constitucional de 1994, y específicamente mediante el articulo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional argentina, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, y por consecuencia el derecho a una vivienda adecuada como elemento integrante del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuada (artículo 11 del Pacto), ha adquirido jerarquía constitucional. El derecho a la vivienda adecuada ha sido además expresamente reconocido en algunos textos legislativos locales, en particular en la constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 31). La Relatora considera muy positivos estos desarrollos normativos así como el fuerte compromiso adoptado por el Gobierno argentino desde 2003 en materia de derechos humanos que ha desembocado en la adopción en 2010 de una ley que eleva el compromiso del Gobierno con los derechos humanos a una política de Estado.
La Relatora acoge favorablemente las políticas diseñadas e implementadas desde 2003 por el Gobierno nacional en materia de vivienda adecuada y particularmente el compromiso del Gobierno de considerar la vivienda como responsabilidad y compromiso del Estado, y por lo tanto objeto de una importante inversión presupuestaria. En este contexto, la Relatora nota que los programas de vivienda del Gobierno fueron impulsados como herramientas de reactivación económica anticíclica frente a la crisis de 2001-2002, y que incidieron positivamente en la creación de empleo en el país y, según fuentes oficiales, aseguraron 560.000 soluciones habitacionales. La Relatora nota con preocupación que la prioridad ha sido la producción de vivienda completa (“llave en mano”) promovida por el Estado, notablemente por los Institutos Provinciales de Vivienda, y construidas por constructoras privadas, con el apoyo en muchos casos de las municipalidades. El Estado ha priorizado la construcción pero no ha promocionado y/o apoyado políticas locales que movilicen viviendas vacantes, alquiler social, prestamos y asistencia para ampliaciones, y sobretodo políticas de tierras y disponibilización de suelo urbanizado. La Relatora aplaude también el esfuerzo emprendido por la sociedad civil argentina de organizarse en cooperativas de vivienda, trabajo y consumo, constituyendo un vasto tejido social organizado bajo los conceptos de solidaridad y ayuda mutua para afrontar la crisis.
Desafíos y Obstáculos en la realización del derecho a una vivienda adecuada en la Argentina. Falta de información y debilidades de las políticas públicas de vivienda.
Durante su visita, la Relatora ha podido observar la falta de un relevamiento de las necesidades de vivienda en el país que son múltiples y heterogéneas. La carencia de datos oficiales actualizados de la situación habitacional y la falta de un diagnóstico-marco que identifique las distintas situaciones y sus requerimientos en términos de políticas (carencia de infraestructura en los asentamientos informales, alquiler excesivo, falta de acceso a crédito por sectores medios, hacinamiento, etc.) no han permitido planear e implementar políticas publicas adecuadas a estas múltiples necesitades. Como se ha señalado, el Gobierno nacional, así como las provincias, han dado prioridad a políticas de construcción y financiamiento de viviendas nuevas, con prototipos demasiado homogéneos y basados en la mayoría de los casos solo en la creación de vivienda y no en un concepto integral de hábitat. Se valora que existen otras opciones y programas pero se verificó que no han sido debidamente consideradas e impulsadas.
La Relatora nota además como las políticas de vivienda implementadas no han sido acompañadas hasta la fecha por políticas de suelo apropiadas, lo que en muchos casos resulta en la ubicación inadecuada de los conjuntos poblacionales lejos de las oportunidades de trabajo y empleo. En este contexto, la Sra. Rolnik aplaude las iniciativas positivas de algunas municipalidades para implementar políticas de manejo del suelo, y en especial el proyecto de ley de promoción de hábitat de la provincia de Buenos Aires; iniciativas que disponen de herramientas para garantizar una oferta de suelo urbanizado para acoger vivienda adecuada, sean de promoción pública, de tipo cooperativo o privada de interés social.
La Relatora nota también la necesitad de una mejor articulación entre las autoridades municipales, provinciales y nacionales para mejorar la implementación y ejecución de políticas y la falta de un sistema federal con clara atribución de competencias, financiación e intervención y que traduzca verdaderamente en su diseño, gestión e implementación el derecho a una vivienda adecuada tal como está definido en el derecho internacional. En este sentido, la Relatora nota con preocupación la debilidad del sistema de adjudicación dentro de los programas de vivienda social. Cada provincia o municipalidad puede definir sus criterios de adjudicación (hasta no tener criterios) lo que abre la vía a prácticas discriminatorias en particular en relación con la población migrante proveniente de otros países o de otras regiones del país (como fuera ilustrado por ejemplo en la ley 1118/1999 de la ciudad de Ushuaia que define puntajes para la atribución de programas de vivienda en función de la vinculación al territorio y a la conducta cívica – esta última definida en función de la ocupación de predios fiscales en la ciudad). En este sentido, la Relatora subraya la modificación de la ley 24. 464 que establece un cupo del 5% en cada uno de los planes Fondo Nacional de Vivienda Social para ser destinados a las personas con discapacidades, y nota que este porcentaje tendría que ser adaptado a los porcentajes reales de personas con discapacidades presentes en las distintas ciudades y provincias. En este contexto, la Relatora recomienda que a partir de los resultados del censo realizado en 2010 y con la participación activa de las municipalidades y las provincias, se realice un mapeo de los distintos asentamientos y de la demanda de vivienda generada por planes de inversión económica y se diseñe un Plan Nacional de Suelo Urbano y Hábitat Urbano y Rural, con una diversidad de programas y políticas habitacionales y criterios claros de adjudicación.
Asentamientos informales, ocupaciones de tierras y viviendas.
Las ocupaciones de tierras y viviendas han representado en la historia reciente argentina la forma más común de acceso al suelo y a la vivienda para los sectores populares. Según varias fuentes, en los últimos años, los asentamientos y ocupaciones se habrían además multiplicado en distintas aéreas urbanas del país. Particularmente en el conurbano bonaerense, el incremento de las ocupaciones de tierras se relaciona estrechamente con el fin de la producción de loteos populares, suelo que ahora preferentemente es usado para desarrollos de barrios cerrados para sectores de altos ingresos. Lo cual incrementa una ocupación desigual y fragmentada del espacio urbano.
La Relatora nota la gran ambigüedad con la cual las autoridades han tratado el tema de las ocupaciones de tierra y nota con preocupación cómo esta actitud haya permitido que este tema se convirtiera en objeto de disputas partidarias, acción de punteros políticos y ha vuelto a los habitantes de estos territorios altamente vulnerables a la discrecionalidad caso por caso con respecto a la posibilidad de permanencia, consolidación o desalojo. En este contexto, la relatora nota que hasta en los casos en los cuales la decisión de radicación de la villa está dictada por una ley acompañada por mecanismos institucionales de concertación, como en el caso de la villa 31 y 31 bis de la ciudad de Buenos Aires, se interponen los mismos obstáculos a nivel de implementación y ejecución de los planes.
La Relatora ha podido además constatar que a pesar de que la ocupación informal del suelo ha sido la forma predominante de acceso a la vivienda en los últimos años en el país, en varias regiones de la Argentina se está produciendo un fenómeno creciente de criminalización de los habitantes que ocupan tierras o viviendas, los cuales vienen siendo víctimas de una estigmatización especialmente en relación con población inmigrante.
En este contexto, la Relatora recomienda que sea establecido un marco general de reconocimiento de derechos, así como de criterios claros de consolidación de los asentamientos y que las autoridades competentes promuevan la regularización integral (a través de un proceso de urbanización y regularización administrativa y dominial, plazos más breves de prescripción adquisitiva del dominio para fines de vivienda social) integrando definitivamente estos asentamientos en las ciudades y pueblos, así como ofreciendo alternativas respetuosas de los estándares internacionales en materia de derecho a una vivienda adecuada para los habitantes de los asentamiento que se decidiera no regularizar. Un caso paradigmático en este sentido es la problemática del saneamiento de la Cuenca Matanza Riachuelo. La relatora nota las deficiencias en la política de relocalizaciones que se están dando en el marco de este proceso en algunas municipalidades: falta de participación de los afectados y falta de información pública. Además la relatora considera preocupante que esta política de relocalización esté basada en una sentencia judicial y no en una política integral de urbanización.

Situaciones Urgentes. Desalojo
Durante su visita, la Relatora ha recibido numerosos testimonios sobre desalojos que se estarían produciendo en distintas provincias del país, en medio urbano así como rural. Numerosas evidencias presentadas a la Relatora sugieren que, en muchos casos, los desalojos se estarían llevando a cabo en violación de los estándares internacionales en esta materia. Contrariamente a lo sugerido por el Comentario General N° 7 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en muchos casos los desalojos han sido realizados sin que se estudiara en consulta con los interesados todas las demás posibilidades para evitar o, cuando menos, minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza. Muchos desalojos han sido realizados sin una auténtica oportunidad de consultar a las personas afectadas y sin garantizar su derecho de defensa. Muchos desalojos han dado lugar a que los afectados se queden sin vivienda y sean expuestos a violaciones de otros derechos humanos, sin que el Estado adopte todas las medidas necesarias para que se les facilite otra vivienda, reasentamiento o acceso a tierras productivas. La Relatora ha notado una proliferación de causas penales por el delito de usurpación en las cuales suelen requerirse desalojos, y como en muchas ocasiones es el Gobierno mismo que impulsa estos procesos judiciales. La Relatora expresa preocupación frente a la constatación de que en los casos en los que existe un procedimiento judicial, la legislación procesal actualmente vigente facilita la ejecución de desalojos, puesto que estos pueden requerirse como medida cautelar, previo al dictado de la sentencia, violando los estándares internacionales en materia de debido proceso legal.
La Relatora Especial expresa además particular preocupación frente a la excesiva utilización de la fuerza por agentes estatales y agentes privados de seguridad empleados por el Estado durante los desalojos. En este contexto, la Relatora recibió información extremadamente preocupante sobre lo ocurrido en la ciudad de Buenos Aires en diciembre de 2010 en los hechos relativos al desalojo de las personas que habían ocupado el Parque Indoamericano, durante los cuales murieron presuntamente tres personas a manos de agentes estatales. La Relatora nota también con honda preocupación la situación de la comunidad “La Primavera” (Provincia de Formosa) integrada por miembros del pueblo originario Qom. Durante enfrentamientos que se dieron en un contexto de conflicto de tierra entre dicha comunidad y la Provincia de Formosa, en noviembre de 2010, un integrante de la comunidad La Primavera y un policía perdieron la vida, la comunidad fue desalojada de sus tierras ancestrales, y sus viviendas fueron quemadas con todos sus bienes. La Relatora nota también con gran preocupación la violencia utilizada por cooperativas privadas empleadas por la municipalidad de Ushuaia en la contención de asentamiento irregulares.
En este contexto, la Relatora recuerda que cuando se considere un desalojo como justificado, el Estado argentino tiene la obligación de llevarlo a cabo en estricto cumplimiento de las disposiciones pertinentes de las normas internacionales de derechos humanos y respetando los principios generales de la razón y la proporcionalidad. Además, tiene la obligación de establecer recursos o procedimientos legales para los afectados por las órdenes de desalojo, y velar por que todas las personas afectadas tengan derecho a la debida indemnización por los bienes personales o bienes raíces de los cuales pudieran ser privados. La Relatora expresa además preocupación por lo que parece ser -con algunas excepciones- un desconocimiento generalizado por parte de los magistrados argentinos de los estándares internacionales en materia de desalojos, haciendo caso omiso de gran parte de las garantías procesales reflejadas en la observación general numero 7, del Comité de Derechos Económicos, Sociales y culturales .
En conclusión, la Relatora considera que teniendo en cuenta los avances normativos y de inversión en vivienda, así como el crecimiento económico de los últimos años, Argentina se encuentra en plena condición de movilizar e implementar un pacto socio-territorial para la implementación del derecho a la vivienda adecuada para todos. La Relatora reitera su disponibilidad para cooperar en este esfuerzo.

Crisis Habitacional en la Argentina: visita de la relatora de Naciones Unidas.

Entre el 13 y 21 de Abril de este año la Relatora Especial sobre una vivienda adecuada de Las Naciones Unidas, Raquel Rolnik, visito oficialmente la Republica Argentina. Les dejamos una nota al respecto, y mas adelante, los resultados de su informe.

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-166707-2011-04-21.html

Una lección para generar vivienda popular

Después de entrevistar a organizaciones sociales y visitar asentamientos, Raquel Rolnik cuestionó la falta de regulación del precio de la tierra, que la hace inaccesible a los sectores populares. Elogió, aunque con reservas, la inversión en viviendas.

Por Pedro Lipcovich

“Los barrios cerrados, con densidad habitacional bajísima, se desarrollan en vez de los loteos que permitían a muchos trabajadores hacerse sus casas; por este y otros motivos, los sectores populares recurren a la ocupación de terrenos.” Quien formula esta observación es Raquel Rolnik, relatora especial sobre vivienda del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Al finalizar su visita a la Argentina –que incluyó “decenas de visitas a organizaciones sociales y cooperativas”–, presentó sus primeras conclusiones, que incluyen fuertes cuestionamientos: “No conozco otro país donde los jueces ordenen desalojos tan fácilmente, en el marco de medidas cautelares”. Denunció “el desalojo y quema de viviendas de los qom, en Formosa”, “el uso de la fuerza en el parque Indoamericano” o “la acción intimidatoria de grupos de seguridad privada en Ushuaia”. Y señaló a “los políticos que, con cuentagotas, dan uno u otro servicio a los asentamientos a cambio de votos”. Valoró que “desde 2003, el Estado argentino cumple en invertir en vivienda” pero criticó que “el programa se centra en empresas constructoras” más que en la acción de las comunidades involucradas. Según la funcionaria, “la Argentina puede resolver en 10 o 15 años la cuestión de la vivienda”, pero a condición de encarar “un plan nacional de suelo y hábitat”.

“La crisis habitacional de la Argentina, que se arrastra desde hace décadas, se agravó en los últimos años, porque la reactivación económica no va acompañada por mecanismos de regulación del precio del suelo: entonces, los mayores ingresos de las clases más favorecidas se trasladan a los precios de venta y alquiler de propiedades. Y las clases medias no tienen buenas posibilidades de crédito y, así expulsadas del mercado, pasan a competir por ubicaciones tradicionalmente populares”, explicó Rolnik, con amplia trayectoria en el tema en su país de origen, Brasil.

Sin embargo. “hay algo muy positivo –subrayó–: desde 2003, el Estado se comprometió con la cuestión de la vivienda: hubo una inversión fuerte, y según datos oficiales se lograron más de 500.000 soluciones habitacionales. Ahora bien, el programa federal se centra en empresas constructoras que entregan las viviendas llave en mano, y esto debería ser una alternativa entre otras. Hay programas de mejoras en barrios o para cooperativas, pero están menos priorizados, y deben competir por la tierra en un mercado que incluye viviendas de lujo.”

Es que “es imprescindible incluir acciones de regulación del suelo. Falta en la Argentina un plan nacional de suelo y hábitat urbano y rural. En el conurbano bonaerense, en lugar de los loteos, que, en cuotas, en las décadas de 1950 o 1960, permitían a muchos trabajadores hacerse su casa, proliferan barrios cerrados, para sectores de altos ingresos, con una densidad habitacional de sólo cuatro personas por hectárea. Así para los sectores populares, a falta de opción, las ocupaciones resultan la forma más común de hacerse de suelo y vivienda”.

–Algún intendente del conurbano planteó que, aunque recibe fondos del Estado nacional para viviendas, ya es casi imposible encontrar lugares libres donde edificar –observó Página/12.

–¿Cómo que “no hay lugar”? –contestó Raquel Rolnik–. No lo hay para los pobres. Gran Bretaña, España, Francia, Holanda, además de invertir en viviendas y subsidiar alquileres, tienen leyes de ordenamiento territorial: en Gran Bretaña, cada urbanización privada debe aportar el 30 por ciento de la superficie de tierra para viviendas de sectores de bajos ingresos; en Francia, aportan el 20 por ciento. En Manhattan, Nueva York, casi la mitad de los alquileres están protegidos: los reajustes no los dicta la especulación inmobiliaria sino una comisión local.

“Si se trata de lugar –continuó Rolnik–, el Estado puede ofrecer tierras fiscales, en vez de, al revés, desalojarlas cuando son ocupadas. Y siempre hay tierras e inmuebles desocupados. Las propiedades cuyos impuestos no se pagan pueden adquirirse para vivienda social. En las zonificaciones, así como se admite que haya lugares determinados para industrias, para oficinas, para edificios en altura, ¿por qué no para viviendas de interés social?”. Y agregó una observación impecable: “Si hay gente que usurpa casas, es porque esas casas están vacías”.

En este punto, la investigadora plantea una distinción que juzga esencial: “Se trata de producir hábitat, no sólo vivienda: es el derecho a la ciudad o, si se trata de campesinos o pueblos originarios, el derecho a medios de sobrevivencia. Esto requiere un pacto sobre vivienda urbana y rural, que reconozca a todos el derecho a un lugar”. Es necesaria “la articulación entre las autoridades nacionales, provinciales y municipales. De otro modo los proyectos dependen de negociaciones políticas: si hay acuerdo, se trabaja y si no, no”. Y advierte que “también hay que acordar a nivel nacional en los criterios de adjudicación. En la Argentina, a veces el criterio es quién es amigo y quién es enemigo. También hay sistemas por puntaje, pero son a veces discriminatorios como el de Ushuaia, que perjudica a los inmigrantes”.

En estos órdenes, “sería positivo que se apruebe el Proyecto de Ley de Hábitat Popular (que presentó el Ejecutivo bonaerense en la Legislatura), que plantea la intervención del Estado para regular el mercado: incluye estrategias de producción de hábitat popular y muchos instrumentos como la sanción a inmuebles vacantes o el impuesto a los barrios cerrados, que es de lo que más se habló”. Entretanto, “respecto de las ocupaciones, las autoridades argentinas mantienen una ambigüedad: ¿se puede o no ocupar? ¿La ocupación es transitoria o definitiva? ¿Van a quedarse o a relocalizarse? Esto se convierte en objeto de disputa de punteros políticos, y los habitantes quedan vulnerables a la discrecionalidad que puede depararles la consolidación o el desalojo. Esto se ve aun en el caso de la Villa 31, donde hay una ley de consolidación pero no se implementa por disputas entre organismos y niveles involucrados”, observó Rolnik.

Y la relatora especial finalizó con una pregunta: “En la Argentina, ¿seguiremos produciendo villas? ¿Nos limitaremos a consolidarlas? El desafío, además de consolidar de una vez por todas las ya existentes, es lograr una oferta de hábitat para antes de que se produzcan las ocupaciones. En países como Colombia, se ofreció a la gente suelo urbanizado con asistencia técnica: construyeron sus propias casas bajo condiciones planificadas, funcionó. En la Argentina se están perdiendo generaciones hacinadas en asentamientos sin cloacas, con aguas contaminadas. ¿Quiénes ganan con esto? Ganan los políticos que toman esas comunidades para obtener votos de poblaciones vulnerables: los servicios se otorgan por goteo, a cambio de una base electoral para uno u otro político. Y ganan aquellos sectores sociales que así no ceden nada mientras los pobres se arreglan como pueden, preferiblemente lejos de la vista del resto de la población”.